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Antes de saber cuando prescribe una obra sin licencia tenemos que saber que es una licencia y los diferentes tipos de licencia de obra que existen.

La licencia de obra es la autorización que te da la administración para realizar una construcción, por un lado tenemos la licencia de obra menor y por otro lado la licencia de obra mayor. 

Licencia de obra menor

Son obras pequeñas de reparación o modificación que no suponen un cambio en la estructura como:

  • Obras en el interior de locales (no viviendas) que no cambie su estructura.
  • Reparación de suelos y fachadas.
  • Colocación de rejas, puertas, etc.
  • Sustitución de tuberías y desagües.

Licencia de obra mayor

Son obras más complejas que las anteriores y que requieren de un proyecto mayor como:

  • Creación de una nueva planta.
  • Reconstrucción de un edificio o su demolición.
  • Reforzar o sustituir elementos que aseguran la estabilidad de la edificación.
  • Cambio de un local a una vivienda.
  • Modificación de partes comunes en los edificios ( las plazas de garajes también entran dentro de este punto).

Por lo tanto la licencia de obra mayor tiene un precio más elevado que el precio de la licencia de obra menor.

Derechos y deberes de los ciudadanos en lo que a urbanismo se refiere

 Derechos:

No solo nos referimos al derecho de edificar, sino que hay algunos más como:

  1. Disfrutar de una vivienda digna.
  2. Accesibilidad universal.
  3. Acceder a la información sobre la ordenación del territorio y la ordenación urbanística de todo el territorio nacional.
  4. Ser informados por la Administración del régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a nuestras fincas.
  5. Participar en la ordenación del territorio o de ordenación.
  6. Ejercer la acción pública para hacer respetar las normas urbanísticas.

Este último punto se refiere al derecho de poder ver en la administración la documentación de cada proyecto en condición de interesado, para poder denunciar irregularidades urbanísticas.

Deberes:

  1. Respetar el medio ambiente.
  2. Evitar actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
  3. Respetar y hacer un uso racional de los servicios urbanos.
  4. Respetar y contribuir a preservar el paisaje urbano y el patrimonio arquitectónico.

¿Cómo sabemos que estamos cumpliendo con nuestros deberes cuando realizamos una obra?

Pues debemos presentar un proyecto a la administración diciéndole lo que vamos hacer antes de realizar ningún cambio y cuando la administración nos conceda la licencia de obra podremos empezar. En ese momento ya estaremos cumpliendo la normativa de la licencia de obra.

Cuando no lo hacemos de esta manera y construimos sin preguntar estamos ante una obra sin licencia o una obra ilegal.

¿Qué pasa si hacemos una obra sin licencia?

Lo lógico es que como obra ilegal tenga que demolerse si no puede legalizarse, pero para ello la administración tiene un tiempo para poder abrir el expediente para iniciar el derribo, pasando ese tiempo se podrá decir que ha prescrito la obra sin licencia, pero este tiempo cambia dependiendo de la comunidad autónoma.

¿Qué plazo tiene el ayuntamiento para sancionar por obras sin licencia?

Después de este periodo de tiempo ya prescribe la obra sin licencia:

  • Andalucía: 6 años
  • Aragón: Leves 1 año, graves 4 años y muy graves 10 años
  • Asturias: 4 años
  • Baleares:8 años
  • Canarias: 4 años
  • Cantabria: 4 años
  • Castilla la Mancha: 4 años
  • Castilla y León:  Leves 4 años, graves 8 años y muy grave 10 años
  • Cataluña: 6 años
  • Extremadura: 4 años
  • Galicia: 6 años
  • La Rioja: 4 años
  • Madrid: 4 años
  • Navarra: 4 años
  • País Vasco: 4 años
  • Valencia: 15 años

Pasado este plazo el ayuntamiento no puede abrir expediente para el derribo, pero la construcción sigue siendo ilegal por lo que deberás intentar regularizar su situación llamando a un técnico especializado.

Nuestros servicios están especializados en Andalucía y más concretamente en la provincia de Cádiz. Hemos realizado proyectos de licencia de obra en ayuntamiento de Jerez, licencia de obra en Chiclana, Puerto Real, Sanlúcar de Barrameda y Chipiona.

Para mas información puedes leer la actual ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y nuestro post de la LISTA en el que hablamos de la nueva ley que ya está en marcha y que va a sustituir a la LOUA.

Si tienes una vivienda ilegal y quieres saber como regularizarla, visita nuestro blog donde explicamos como legalizar una vivienda

Si tienes alguna duda rellena este formulario y se la resolveremos sin compromiso: