Es posible que quieras segregar tu finca para realizar una repartición o para vender una parte. Pero antes debemos saber que no es lo mismo segregar que dividir una finca.
Segregación de finca: En este caso al hacer la segregación se mantendrá la referencia de la finca de la que se segrega una parte y se le dará una nueva a la otra parte. El impuesto recae sobre la finca segregada.
División de finca: En este caso la referencia de la finca principal desaparece y se le da una nueva a cada parte. El impuesto recae sobre toda la finca.
Por último no es lo mismo hacer esta segregación en una finca rústica que en una urbana, ya que las fincas rústicas tienen más limitaciones que las urbanas.
Proceso para segregar una finca
- Primero hay que cerciorarse de que se puede realizar la segregación. El departamento de urbanismo de tu ayuntamiento te podrá responder a esta cuestión y te informará de los documentos a entregar para solicitar la licencia municipal necesaria. Dicha licencia es la Licencia de Segregación.
Para que el ayuntamiento te conceda esta licencia, se necesitará presentar un Proyecto de Segregación firmado por un técnico competente, donde se exponga la disposición inicial y resultante de las fincas. Después de la segregación, además se deberá acreditar que se cumple con la legalidad urbanística aplicable.
- El siguiente paso es elaborar la escritura notarial. Deberás que acudir a la notaría para elaborar la escritura de segregación, deberemos aportar la licencia de segregación expedida por el ayuntamiento. Además, se deberá aportar el Archivo GML (el archivo GML es un documento que contiene la información acerca de la georreferenciación o coordenadas de una parcela o una edificación) y el Informe de Validación del gráfica (IVG) para que se incorpore a la Escritura.
Es importante conocer el plazo máximo para realizar la Escritura de Segregación, que nos servirá para ejecutar el acto notarial de segregación y obtener las nuevas escrituras que necesitaremos inscribir las nuevas fincas en el Registro de la Propiedad. En este caso el plazo es de 3 meses tras haber obtenido la Licencia de Segregación.
- Por último debemos inscribir las fincas en el Registro de la Propiedad. Para completar este paso tenemos que enviar la escritura al Registro de la Propiedad, para que este Organismo modifique la finca matriz e inscriba la nueva finca resultante de la segregación.
Antes de esto, será obligatorio pagar los impuestos y tasas correspondientes a este trámite.
- Una vez que tienes las escrituras no olvides notificar al catastro para que quede totalmente regularizada la segregación.
En algunos casos el ayuntamiento puede que nos pida un levantamiento topográfico.
Informe de validación gráficas ( IVG)
Es un documento electrónico firmado por la Administración General del Catastro con un código de verificación de seguro (CSV). Es una medida administrativa automática que indica si la parcela proporcionada en el formato GML cumple con la demarcación que aparece en el mapa catastral, para que pueda ser verificada y aceptada por el catastro.
El informe de validación gráfica, en ningún caso verifica que las operaciones jurídicas que dan lugar a la nueva determinación de las fincas se acoplan a la legalidad vigente o dispongan de las autorizaciones necesarias de la administración o autoridad pública correspondiente.
El informe de validación gráfica se encuentra en la página web de la Dirección General del Catastro.
¿Te ayudamos a segregar tu finca? Cuéntanos tu caso en el siguiente formulario.
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